DECLARACIÓN JURADA CUOTA DE PANTALLA DEL CINE Y ARTES AUDIOVISUALES NACIONALES (CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 67 DE LA LEY 26.522)
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE
Este trámite es GRATUITO.
El artículo 67 de la Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, establece la cuota de pantalla del cine y artes audiovisuales nacionales que deberán cumplir los titulares de servicios de comunicación audiovisual.
Estos deberán informar con carácter de Declaración Jurada la nómina de películas de largometraje y telefilmes nacionales cuyos derechos de antena hayan sido adquiridos y la exhibición de las mismasa través del aplicativo web. La presentación debe incluir la información correspondiente al año calendario finalizado.
PRESENTACIÓN DEL TRÁMITE
Es importante mencionar que a la derecha de la pantalla podrá descargar la normativa vigente en relación a este trámite y el manual para el usuario que le será de utilidad para la presentación del trámite.
Finalmente recuerde que el trámite se realiza a través del SISTEMAS DE DECLARACIONES JURADAS de la AFIP. A continuación podrá iniciarlo clickeando en "INICIA TU TRAMITE POR SISTEMAS DE DECLARACIONES JURADAS".
Por cualquier duda no dudes en escribirnos al correo electrónico que se encuentra mencionado a continuación.
CONSULTAS: Escribinos al siguiente correo electronico fiscalizacion@enacom.gob.ar
HACE CLICK AQUÍ PARA INICIAR TU TRÁMITE POR EL SISTEMA DE DECLARACIONES JURADAS DE LA AFIP
NORMATIVA
MANUAL DEL USUARIO