Convocatoria Unidades Poblacionales
CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN DE APORTES NO REEMBOLSABLES PARA UNIDADES POBLACIONALES EN EL MARCO DEL PROGRAMA CONECTIVIDAD
Mediante Resolución N° 909/2020 y bajo el Programa Conectividad aprobado por Resolución 3597/2016, se convoca a Concurso Público a Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) que sean titulares de Licencia de Servicios de TIC y cuenten con registro del Servicio de Valor Agregado -Acceso a Internet-, para la presentación de proyectos que tengan como finalidad el despliegue y actualización de la infraestructura de redes para la prestación del servicio fijo de acceso a internet de banda ancha, en unidades poblacionales en las que dicho servicio no esté disponible o esté parcialmente disponible, a ser financiados parcialmente a través de Aportes no Reembolsables.
Los Proyectos seleccionados reciben hasta un 80% de las Inversiones financiables del mismo en concepto de Aporte No Reembolsable. El monto mínimo a financiar será de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000.-) y el máximo de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000.-) por ENTIDAD. Por PROYECTO, el monto máximo será de PESOS OCHENTA MILLONES ($ 80.000.000.-). A su vez, el BENEFICIARIO se obliga a cofinanciar en concepto de aporte de la contraparte el VEINTE POR CIENTO (20 %) de las Inversiones Financiables del PROYECTO.
Para más información, descargue las Bases y Condiciones (pliego) y el Modelo de Convenio desde los botones adjuntos.
Nota: En caso de tener dudas o consultas comuníquese con nosotros a consultas_su@enacom.gob.ar
A partir de la presente publicación, queda establecido que los licenciatarios que presenten propuestas correspondientes a los programas y proyectos del Servicio Universal, no deberán solicitar el certificado de libre deuda a ENACOM, dado que será el propio organismo el encargado de expedirlo. En virtud de esto, el certificado correspondiente será incorporado oportunamente al expediente cuando se encuentre disponible, sin que esto afecte el procedimiento de análisis de los proyectos presentados.
Los Proyectos seleccionados reciben hasta un 80% de las Inversiones financiables del mismo en concepto de Aporte No Reembolsable. El monto mínimo a financiar será de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000.-) y el máximo de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000.-) por ENTIDAD. Por PROYECTO, el monto máximo será de PESOS OCHENTA MILLONES ($ 80.000.000.-). A su vez, el BENEFICIARIO se obliga a cofinanciar en concepto de aporte de la contraparte el VEINTE POR CIENTO (20 %) de las Inversiones Financiables del PROYECTO.
Para más información, descargue las Bases y Condiciones (pliego) y el Modelo de Convenio desde los botones adjuntos.
Nota: En caso de tener dudas o consultas comuníquese con nosotros a consultas_su@enacom.gob.ar
A partir de la presente publicación, queda establecido que los licenciatarios que presenten propuestas correspondientes a los programas y proyectos del Servicio Universal, no deberán solicitar el certificado de libre deuda a ENACOM, dado que será el propio organismo el encargado de expedirlo. En virtud de esto, el certificado correspondiente será incorporado oportunamente al expediente cuando se encuentre disponible, sin que esto afecte el procedimiento de análisis de los proyectos presentados.