ENACOM - Ente Nacional de Comunicaciones

Espectro Radioeléctrico - Derechos y Obligaciones

 
  • Peticionar el otorgamiento de una porción de espectro radioeléctrico (frecuencias) sobre la base normas vigentes y tratamiento igualitario.
  • Derecho a presentar denuncia por interferencias perjudiciales causadas por estaciones radioeléctricas, con excepción de aquellos usuarios del espectro que operen un sistema relacionado con una banda de frecuencias atribuida con categoría secundaria.
 
 
  • Respetar las características y condiciones de funcionamiento establecidas en las autorizaciones de instalación y funcionamiento de las estaciones radioeléctricas de las que sea titular.
  • Usar equipos radioeléctricos homologados, codificados o autorizados por Enacom.
  • Contar con una copia íntegra de la autorización radioeléctrica o documentación que acredite ser abonado de una red autorizada por Enacom, en cada lugar donde funcione una estación, y copia de la última factura paga del canon radioeléctrico, incluidas las estaciones móviles y portátiles.
  • Requerir la previa autorización de Enacom, para ampliar, modificar, ceder o trasladar instalaciones.
  • No prestar servicios a terceros abonados, si el sistema radioeléctrico fue solicitado y autorizado para uso privado y propio de la actividad que desarrolla.
  • No falsear los datos de la cantidad de abonados que informan los prestadores de servicios de telecomunicaciones.
  • No emplear expresiones reñidas con las normas de moral y buenas costumbres.
  • No producir interferencias perjudiciales.
  • Renovar cada 5 años calendario los Certificados habilitantes para Operadores Profesionales de Radio y Radioaficionados.
  • Estar al día con los pagos de derechos y aranceles Radioeléctricos.
  • No cursar radiocomunicación alguna que pueda afectar la seguridad nacional o relaciones internacionales.
  • Identificarse cada vez que se realizan comunicaciones con la señal distintiva asignada.
 
 
 
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