ENACOM - Ente Nacional de Comunicaciones

Servicios Postales - Inscripción como Prestador de Servicios Postales

Los trámites que encontrará en esta página deben gestionarse de manera online a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

¿En qué consiste?

El trámite comprende la recepción de la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales (RNPSP) presentada por una persona jurídica, su evaluación y, de verificarse el cumplimiento de los requisitos, el otorgamiento de la inscripción mediante acto administrativo y la extensión de un certificado que acredita la condición de Prestadores de Servicios Postales. 

Las condiciones para inscribirse y mantener la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales se encuentran establecidas en el artículo 11 al 14 del Decreto Nº 1187/93 y modif., Resolución SC N° 3123/97 y Anexo I de la Resolución CNC Nº 1811/2005.

Corresponde solicitar la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales a “toda persona de existencia ideal que desee transportar y/o entregar correspondencia de terceros, ya sea como actividad principal o accesoria, en forma regular u ocasional, nacional y/o internacional”, conforme lo establecido en artículo 10 Decreto Nº 1187/93.                                    

El artículo 4º del citado Decreto define a la “Actividad del Mercado Postal” de la siguiente forma: “...actividades que se desarrollen para la admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega de correspondencia, cartas, postales, encomiendas de hasta CINCUENTA (50) kilogramos, que se realicen dentro de la REPÚBLICA ARGENTINA y desde o hacia el exterior. Esta definición incluye la actividad desarrollada por los llamados courriers, o empresas de courriers y toda otra actividad asimilada o asimilable". 

En el caso que el servicio a prestar se trate de MENSAJERÍA URBANA, el trámite consistirá en la solicitud de inscripción ante el Subregistro de Servicios de Mensajería Urbana el que se encuentra en la esfera del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

¿Qué documentación se debe presentar? Requisitos

DATOS DE LA SOCIEDAD 

1.- Formulario RNPSP 001 - Solicitud de Inscripción.

2.- Documentación de creación de la persona jurídica y actas que acrediten las respectivas designaciones de los integrantes de la sociedad, inscriptas en forma definitiva en la I.G.J. o Dirección de Personas Jurídicas, según corresponda. 

3.- Formulario RNPSP 002 - Datos de la Sociedad.

ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN, FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE LA SOCIEDAD 

4.- Formulario RNPSP 003 - Nómina de miembros de órganos de administración y de fiscalización y control de la sociedad.

5.- Declaración Jurada de cada una de las personas físicas incluidas en el Formulario RNPSP 003, que verse sobre que no integra ni ha integrado los Órganos de Administración, Fiscalización y Control de otro prestador de Servicios Postales en los CINCO (5) años anteriores a la fecha de la Declaración. En caso de integrar o haber integrado esos Órganos en otro prestador, el interesado deberá informarlo bajo Declaración Jurada.

6.- Formulario RNPSP 004 - Declaración jurada miembros de órganos de administración y de fiscalización y control de la sociedad por cada uno de los integrantes de los Órganos de Administración y de Fiscalización y Control de la sociedad.

7.- Certificado de Antecedentes Penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal por cada uno de los integrantes titulares de los Órganos de Administración y de Fiscalización y Control de la sociedad.  

INSCRIPCIÓN REGÍMENES IMPOSITIVOS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

8.- Documentación que acredite la inscripción de la sociedad en:
a) Impuestos Nacionales.
b) Sistema Único de Seguridad Social.
c) Tributos Provinciales.
d) Tributos Municipales.

CONDICIONES Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS 

9.- Formulario RNPSP 006 - Condiciones y calidad del servicio por cada uno de los servicios postales que desee ofertar. Asimismo, en caso de que un mismo servicio sea prestado en forma ocasional (oferta al público en general) y también en forma pactada, deberá completar DOS (2) formularios, indicando en el campo “tipo” en un caso “ocasional” y en otro “pactado”.
En caso de prestar servicios internacionales, debe presentar el Formulario RNPSP 006 - Complementario

10.- Plan Anual de Servicios: a) Describir detalladamente todos los servicios que aspira a prestar, adjuntando manuales descriptivos de procesos, estándares de calidad a comprometer con información de los recursos humanos y materiales que se aplicarán a los mismos;b) Información acerca de la existencia de un sistema de gestión de calidad en la empresa;c) Describir y acreditar la estructura de control interno aplicada a los servicios;d) Descripción de los medios de información al usuario respecto de la oferta;e) Sistema de atención a las reclamaciones en caso de manifestarse disconformidad por parte de los clientes.


ÁMBITO GEOGRÁFICO DE ACTUACIÓN

13.- Formulario RNPSP 007 - Ámbito geográfico de actividad.

MEDIOS AFECTADOS A LA ACTIVIDAD


15. - Respecto a los requerimientos de la Resolución CNC N° 1811/05  deberá presentar una Declaración Jurada, conforme el siguiente texto:
“Por medio de la presente, manifiesto en carácter de declaración jurada conocer los puntos que componen los requerimientos de la Resolución CNC N° 1811/05 y contar con la documentación que respalda su cumplimiento, la que se encuentra a disposición de la Dirección Nacional de Control de Servicios Postales para su eventual verificación en el domicilio sito en………………………………………………….”

DERECHO A INSCRIPCIÓN

16.- Constancia de pago del Derecho a Inscripción Anual al Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
  1. A los fines de agilizar el trámite, se realizará el envío del Volante de Pago, mediante una notificación por TAD, para abonar el Derecho de Inscripción.
  2. Realizar el pago en los diferentes canales indicados por el ENACOM.
  3. Enviar mediante TAD el comprobante de pago emitido (respondiendo la notificación electrónica enviada por ENACOM).
NOTA: Toda modificación con referencia a la información declarada en el momento de la inscripción deberá ser comunicada al ENACOM en un plazo no mayor a TREINTA (30) días corridos de producida, salvo que se indique específicamente uno distinto.

La presentación implicará la aceptación sin reserva alguna de las normas que establece el Artículo 1º del Decreto Nº 115/97 y tendrá el carácter de Declaración Jurada. La falta de respuesta o la respuesta incompleta a un requerimiento, previa constitución en mora y concesión de un plazo suplementario al efecto, implicará la caducidad de la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

¿Cómo se hace?

  1. Ingresar en la plataforma TAD.
  2. Seleccionar el trámite llamado “POSTALES” y elegir la opción llamada “INSCRIPCIÓN”.
  3. Completar los datos solicitados en “Datos del Trámite”.
  4. Adjuntar la DOCUMENTACIÓN REQUERIDA.
  5. Hacer clic en el botón “confirmar trámite”.
¿Cómo continúa el trámite una vez realizada la presentación por TAD?

1. Si la documentación presentada contiene errores, se solicitará por medio de TAD, la subsanación de los mismos.

2. En el caso de ser correcta la documentación enviada, se le enviará el Volante de Pago, mediante una notificación por TAD, para abonar el Derecho de Inscripción, y deberá enviar el comprobante de pago emitido respondiendo la notificación electrónica enviada por ENACOM.Luego, se procederá a la elaboración de un proyecto de resolución que disponga la inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS POSTALES, el cual será elevado a la autoridad del Ente para su suscripción.

3. Una vez firmado el acto, la Dirección Nacional de Control de Servicios Postales emitirá el certificado de inscripción correspondiente y lo informará por medio de TAD.

4. Finalmente, luego de ser notificado mediante plataforma TAD del otorgamiento de la inscripción, deberá retirar el correspondiente certificado en la Dirección Nacional de Control de Servicios Postales – Sector de Atención al Público.

¿Cuánto vale?

Derecho Anual a Inscripción: $ 5.000,00 (PESOS CINCO MIL). 

El pago del Derecho a Inscripción puede efectuarse: 

* En la Tesorería del ENACOM, sita en Perú N° 103, 1º Piso (C1067AAC), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 14:00 hs. Es el medio más efectivo, teniendo en cuenta que su imputación es inmediata.

* En cualquier sucursal del Banco Nación. 

* Medios de pago electrónico.
       - Pagomiscuentas.com
       - Pagos Link
       - Interbanking 

Pasos para habilitar el pago por medios electrónicos: 

1) Activar la relación “eRecauda” mediante el Administrador de Relaciones de la cuenta AFIP (por única vez)

      a)      Acceda a su cuenta AFIP con clave fiscal nivel 2 o superior

      b)      Seleccione “Mi Agenda”

      c)       Seleccione “Administrador de Relaciones de Clave AFIP”

      d)      Seleccione el botón “Nueva relación” y complete los datos que se le solicitan

      e)      Busque el servicio “eRecauda” como servicio dependiente del “Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas”

     f)       Complete los datos del representante. Ha finalizado el proceso de activación. 

2) Ingrese a su cuenta del medio de pago electrónico adherido:

     a)      Diríjase a la sección “Servicios AFIP”

     b)      Seleccione la opción que le permita pagar un VEP ya generado

     c)       Deberá ingresar la CUIT del ENACOM en el campo “CUIT del generador del VEP a pagar”. La CUIT del ENACOM es 30-71512040-9 

Estos pasos sólo se hacen en el primer pago; luego aparecerán directamente en sus comprobantes habituales. 

- Por transferencia bancaria. Hasta el día 31/12/2022 continuará la recepción del pago mediante transferencia bancaria.

Luego de esa fecha queda sin efecto el referido medio de pago.En el caso de realizar transferencia, a efectos de imputar correctamente su pago, le requerimos que atienda y ejecute estrictamente las siguientes consignas

1. Los pagos deberán ser informados a la casilla de correo  transferencias@enacom.gob.ar  
2. En la referencia de su mensaje de correo deberá indicar:
  1. Obligación pagada ej. Inscripción.
  2. CUIT del titular
  3. Nombre del titular
3. En el cuerpo del mensaje indique:
  1. Período abonado
  2. Monto pagado
4. Adjuntar el comprobante de la transferencia efectuada.

ÚNICAMENTE se imputarán los pagos informados con los datos que aquí se requieren. NO se imputarán los pagos sin identificación ni las notificaciones que omitan información total o parcial.

IMPORTANTE: Se recuerda que el pago debe realizarse siempre con posterioridad a la recepción del Volante de Pago mediante la notificación vía TAD.

Por último corresponde hacerle saber que, conforme lo dispuesto en el Decreto N° 1187/93 TODO PAGO REALIZADO deberá ser acreditado en el correspondiente expediente electrónico.

¿Quién puede/debe efectuarlo?

La documentación debe ser ingresada mediante TAD por el representante legal o apoderado de la sociedad, personería que deberá estar acreditada en las actuaciones.

¿Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo?

Debería asistir UNA (1) vez para retirar el Certificado de Inscripción.

¿Qué vigencia tiene el documento tramitado?

El Certificado de Inscripción tiene una validez anual, operando su vencimiento el último día hábil del mismo mes en que se efectuó el pago del Derecho a Inscripción Anual correspondiente a la inscripción a mantener (ej.: si a efectos de la inscripción el pago del Derecho a Inscripción Anual se realizó el 20/03/2017, el vencimiento del Certificado operó el 31/03/2018).