Licenciatarios

Según los términos del artículo 6° de la Resolución ENACOM 2537/2019, los Licenciatarios de Servicios de TIC, en su calidad de arrendatarios de infraestructura y recursos asociados, deberán informar el inicio de operaciones referido en el Artículo 2°, segundo párrafo, del Anexo I de la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 697 del 28 de diciembre de 2017, dentro de los treinta (30) días corridos de producido el mismo o del dictado de la presente norma si el inicio de operaciones ya hubiere comenzado.
 
 
 

¿Necesitás ayuda o más información? Contactanos

Respondemos consultas a través de nuestro call center al 0-800-333-3344 y por mensaje directo en nuestras redes sociales, de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

Atendemos al público de manera presencial:

Centro de Atención al Usuario en Perú 598, CABA, de lunes a viernes de 8:30 a 15 horas.

Delegaciones provinciales, de lunes a viernes de 8 a 14 horas.

Mesa de Entradas de Perú 103, CABA, de lunes a viernes de 10 a 14 horas