Requisitos para el diligenciamiento de oficios
Esta página detalla los requerimientos necesarios y características para realizar los diligenciamientos judiciales.
CANALES de Recepción de Oficios:
Los Requerimientos judiciales librados a este Organismo deberán Cumplir con los requisitos según normativa vigente (Ley 22172, Ley 19549 y CPCCN):
Oficios del artículo 400 Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN) - Notificación de sentencias y/o
resoluciones judiciales:
Los Requerimientos Administrativos para ser aceptados deberán cumplir con los requisitos del REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (DECRETO 1759/72 y sus modificaciones):
Como se Remite las Respuestas a los Juzgado y/o Entidades Públicas Oficiantes:
Portales Judiciales Externos:
- Sistema DEOX del Poder Judicial – Destino: 60000001875 - ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES null
- Sistema GDE de la administración Pública (mediante Expediente Electrónico a AGAD#ENACOM – JUDICIALES#AGAD)
- MAIL: oficiosjudiciales@enacom.gob.ar
- Correo Postal o Presencial: ENACOM - Perú 103 - C1067AAC – C.A.B.A
Los Requerimientos judiciales librados a este Organismo deberán Cumplir con los requisitos según normativa vigente (Ley 22172, Ley 19549 y CPCCN):
- Identificación del Juzgado Interviniente
- Identificar el tipo de oficio que se presenta (ampliatorio/ reiteratorio/ aclaratorio)
- Carátula de la Causa o Descripción
- Resolución que ordena el Oficio o Requerimiento al ENACOM
- Firma y sello del juzgado o letrado, según corresponda
- Consignar una Direccion de Correo Electrónico Oficial.
Oficios del artículo 400 Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN) - Notificación de sentencias y/o
resoluciones judiciales:
- Las solicitudes de informes y remisión de expedientes por el artículo 400 del CPCCN, deberán indicar los datos completos de la causa judicial para la cual se pide el informe.
- Datos del juzgado que solicita el oficio (dirección, correo electrónico institucional y teléfono del juzgado).
- Datos del profesional que presenta la solicitud (correo electrónico y número de teléfono del profesional).
- Solicitud clara y concreta que se realiza a la repartición y/o documentación (de corresponder). En el caso de oficios judiciales, la solicitud debe ser la transcripción textual de la resolución judicial que la autoriza.
- Identificar el tipo de oficio que se presenta (ampliatorio/ reiteratorio/ aclaratorio)
- En los casos en que se presente un oficio de ampliación, reiteración y/o aclaración, se deberá señalar los datos y actuación del oficio originario.
Los Requerimientos Administrativos para ser aceptados deberán cumplir con los requisitos del REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (DECRETO 1759/72 y sus modificaciones):
- Nombres, Apellido, indicación de identidad y domicilio real y constituido del interesado
- Relación de los hechos
- La petición concretada en términos claros y precisos
- Firma del interesado o de su representante legal o apoderado
Como se Remite las Respuestas a los Juzgado y/o Entidades Públicas Oficiantes:
- Las notas de respuestas dirigidas a Juzgados Nacionales, Federales y Juzgados de todas las Provincias se enviarán a los mismos por vía electrónica, a la dirección consignada en el oficio.
Portales Judiciales Externos:
- En caso de que se haya firmado un acuerdo para la recepción de solicitudes, las mismas se responderán por el mismo portal judicial.
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