Servicios Postales - Certificaciones para los Operadores Postales para Procedimientos de Contratación
Los trámites que encontrará en esta página deben gestionarse de manera online a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
¿En qué consiste?
La Resolución CNCT Nº 111/1995, modificada por su similar Nº 3/1996, regula el procedimiento mediante el cual los Operadores Postales (Correo Oficial y Prestadores de Servicios Postales) pueden solicitar la emisión de Certificados para presentar en procesos de contratación, tanto en el ámbito público como privado. De acuerdo a dicha normativa, los Certificados sólo pueden versar sobre el cumplimiento de los requisitos de inscripción, el nivel de respuesta del Operador a los reclamos de los clientes y/o existencia de sanciones ejecutoriadas.
¿Qué documentación se debe presentar? Requisitos
1.- Nota solicitando la emisión de la certificación, suscripta por representante legal o apoderado de la sociedad, en la que deberá indicarse:- ante quién será presentado.
- trámite para el cual se solicita.
- información que se necesita acreditar (sólo se certifica sobre el cumplimiento de los requisitos de inscripción, el nivel de respuesta del operador a los reclamos de los clientes y/o existencia de sanciones ejecutoriadas).
- tipo de trámite (normal/ urgente). (*)
(*) Si en la solicitud se omite indicar el tipo de trámite se considerará de trámite normal.
¿Cómo se hace?
- Ingresar en la plataforma TAD,
- Luego seleccionar el trámite llamado “POSTALES” y elegir la opción llamada “CERTIFICACIONES PARA LOS OPERADORES PARA PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN”.
- Completar los datos solicitados en “Datos del Trámite”.
- Adjuntar la DOCUMENTACIÓN REQUERIDA.
- Hacer clic en el botón confirmar trámite.
- Si la documentación presentada contiene errores, se solicitará por medio de TAD, la subsanación del error.
- En el caso de estar correcta la documentación enviada, se procederá a la emisión del certificado de inscripción.
- A los fines de agilizar el trámite, se realizará el envío del Volante de Pago, mediante una notificación por TAD, para abonar la certificación emitida.
- Realizar el pago en los diferentes canales indicado por ENACOM.
- Enviar mediante TAD el comprobante de pago emitido (respondiendo la notificación electrónica enviada por ENACOM).
- Una vez recibido el comprobante de pago, ENACOM enviará mediante TAD al interesado la certificación firmada por la autoridad correspondiente.
¿Cuánto vale?
-Trámite Común (3 días): $ 37.500
-Trámite Urgente (1 día): $ 62.500
El pago de las Certificaciones para los Operadores Postales para Procedimientos de Contratación puede efectuarse:
* En la Tesorería del ENACOM, sita en Perú N° 103, 1º Piso (C1067AAC), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 14:00 hs. Es el medio más efectivo, teniendo en cuenta que su imputación es inmediata.
* En cualquier sucursal del Banco Nación.
* Medios de pago electrónico.
- Pagomiscuentas.com
- Pagos Link
- Interbanking
Pasos para habilitar el pago por medios electrónicos:
1) Activar la relación “eRecauda” mediante el Administrador de Relaciones de la cuenta AFIP (por única vez)
a) Acceda a su cuenta AFIP con clave fiscal nivel 2 o superior
b) Seleccione “Mi Agenda”
c) Seleccione “Administrador de Relaciones de Clave AFIP”
d) Seleccione el botón “Nueva relación” y complete los datos que se le solicitan
e) Busque el servicio “eRecauda” como servicio dependiente del “Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas”
f) Complete los datos del representante. Ha finalizado el proceso de activación.
2) Ingrese a su cuenta del medio de pago electrónico adherido:
a) Diríjase a la sección “Servicios AFIP”
b) Seleccione la opción que le permita pagar un VEP ya generado
c) Deberá ingresar la CUIT del ENACOM en el campo “CUIT del generador del VEP a pagar”. La CUIT del ENACOM es 30-71512040-9
Estos pasos sólo se hacen en el primer pago; luego aparecerán directamente en sus comprobantes habituales.
- Por transferencia bancaria. Hasta el día 31/12/2022 continuará la recepción del pago mediante transferencia bancaria. Luego de esa fecha queda sin efecto el referido medio de pago.
En el caso de realizar transferencia, a efectos de imputar correctamente su pago, le requerimos que atienda y ejecute estrictamente las siguientes consignas
1. Los pagos deberán ser informados a la casilla de correo transferencias@enacom.gob.ar
2. En la referencia de su mensaje de correo deberá indicar:
IMPORTANTE: Se recuerda que el pago debe realizarse siempre con posterioridad a la recepción del Volante de Pago mediante la notificación vía TAD.
Por último corresponde hacerle saber que, el pago efectuado deberá ser acreditado en el correspondiente expediente electrónico.
-Trámite Urgente (1 día): $ 62.500
El pago de las Certificaciones para los Operadores Postales para Procedimientos de Contratación puede efectuarse:
* En la Tesorería del ENACOM, sita en Perú N° 103, 1º Piso (C1067AAC), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 14:00 hs. Es el medio más efectivo, teniendo en cuenta que su imputación es inmediata.
* En cualquier sucursal del Banco Nación.
* Medios de pago electrónico.
- Pagomiscuentas.com
- Pagos Link
- Interbanking
Pasos para habilitar el pago por medios electrónicos:
1) Activar la relación “eRecauda” mediante el Administrador de Relaciones de la cuenta AFIP (por única vez)
a) Acceda a su cuenta AFIP con clave fiscal nivel 2 o superior
b) Seleccione “Mi Agenda”
c) Seleccione “Administrador de Relaciones de Clave AFIP”
d) Seleccione el botón “Nueva relación” y complete los datos que se le solicitan
e) Busque el servicio “eRecauda” como servicio dependiente del “Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas”
f) Complete los datos del representante. Ha finalizado el proceso de activación.
2) Ingrese a su cuenta del medio de pago electrónico adherido:
a) Diríjase a la sección “Servicios AFIP”
b) Seleccione la opción que le permita pagar un VEP ya generado
c) Deberá ingresar la CUIT del ENACOM en el campo “CUIT del generador del VEP a pagar”. La CUIT del ENACOM es 30-71512040-9
Estos pasos sólo se hacen en el primer pago; luego aparecerán directamente en sus comprobantes habituales.
- Por transferencia bancaria. Hasta el día 31/12/2022 continuará la recepción del pago mediante transferencia bancaria. Luego de esa fecha queda sin efecto el referido medio de pago.
En el caso de realizar transferencia, a efectos de imputar correctamente su pago, le requerimos que atienda y ejecute estrictamente las siguientes consignas
1. Los pagos deberán ser informados a la casilla de correo transferencias@enacom.gob.ar
2. En la referencia de su mensaje de correo deberá indicar:
- Obligación pagada ej. Certificación urgente – certificación normal.
- CUIT del titular
- Nombre del titular
- Monto pagado
IMPORTANTE: Se recuerda que el pago debe realizarse siempre con posterioridad a la recepción del Volante de Pago mediante la notificación vía TAD.
Por último corresponde hacerle saber que, el pago efectuado deberá ser acreditado en el correspondiente expediente electrónico.
¿Quién puede/debe efectuarlo?
Puede efectuarlo el Correo Oficial y todo Prestador de Servicios Postales inscripto en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales o en el Subregistro de Prestadores de Servicios de Mensajería. La nota de solicitud debe ser suscripta por representante legal o apoderado de la sociedad, con personería debidamente acreditada.¿Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo?
Ninguna.Tiempo desde la solicitud hasta la entrega:
Trámite Común: 3 (TRES) días.Trámite Urgente: 1 (UN) día.