* En cualquier sucursal del Banco Nación. * Medios de pago electrónico. - Pagomiscuentas.com
- Pagos Link
- Interbanking
Pasos para habilitar el pago por medios electrónicos:
1) Activar la relación “eRecauda” mediante el Administrador de Relaciones de la cuenta AFIP (por única vez)
a) Acceda a su cuenta AFIP con clave fiscal nivel 2 o superior
b) Seleccione “Mi Agenda”
c) Seleccione “Administrador de Relaciones de Clave AFIP”
d) Seleccione el botón “Nueva relación” y complete los datos que se le solicitan
e) Busque el servicio “eRecauda” como servicio dependiente del “Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas”
f) Complete los datos del representante. Ha finalizado el proceso de activación.
2) Ingrese a su cuenta del medio de pago electrónico adherido:
a) Diríjase a la sección “Servicios AFIP”
b) Seleccione la opción que le permita pagar un VEP ya generado
c) Deberá ingresar la CUIT del ENACOM en el campo “CUIT del generador del VEP a pagar”. La CUIT del ENACOM es 30-71512040-9 Estos pasos sólo se hacen en el primer pago; luego aparecerán directamente en sus comprobantes habituales.
- Por transferencia bancaria. Hasta el día 31/12/2022 continuará la recepción del pago mediante transferencia bancaria. Luego de esa fecha queda sin efecto el referido medio de pago.En el caso de realizar transferencia, a efectos de imputar correctamente su pago, le requerimos que atienda y ejecute estrictamente las siguientes consignas:
1. Los pagos deberán ser informados a la casilla de correo
transferencias@enacom.gob.ar 2. En la referencia de su mensaje de correo deberá indicar:
- Obligación pagada ej. Reinscripción.
- CUIT del titular
- Nombre del titular
3. En el cuerpo del mensaje indique:
- Período abonado
- Monto pagado
4. Adjuntar el comprobante de la transferencia efectuada.
ÚNICAMENTE se imputarán los pagos informados con los datos que aquí se requieren. NO se imputarán los pagos sin identificación ni las notificaciones que omitan información total o parcial.
IMPORTANTE: Se recuerda que el pago debe realizarse siempre con posterioridad a la recepción del Volante de Pago mediante la notificación vía TAD.Por último corresponde hacerle saber que, conforme lo dispuesto en el Decreto N° 1187/93 TODO PAGO REALIZADO deberá ser acreditado en el correspondiente expediente electrónico.