Modalidad compartida

Se entiende por modalidad compartida aquella en la cual más de un usuario tiene asignadas la o las mismas frecuencias, durante un período de tiempo determinado, en la misma zona geográfica de operación de su sistema radioeléctrico, por lo que el funcionamiento de las estaciones radioeléctricas involucradas no se encuentra libre de eventuales interferencias provenientes de otras estaciones debidamente autorizadas.

Las condiciones operativas para las bandas de frecuencias utilizadas en modalidad compartida obligan a los permisionarios a restringir todas las transmisiones al mínimo tiempo de comunicación necesario para enviar el mensaje deseado, de manera de permitir un acceso equitativo a la o las frecuencias asignadas.

Una estación móvil no podrá llamar a su estación base sino después de haber entrado en la zona de servicio de la misma, es decir, en la zona en la que la estación móvil -utilizando la o las frecuencias asignadas- pueda ser escuchada por la estación de base correspondiente.
 
Ejemplos de Sistemas en Modalidad Compartida:

Sistemas en Modalidad Compartida para bandas inferiores a 30 MHz
Se asignarán frecuencias en la modalidad compartida ante solicitudes provenientes de organismos oficiales (excluyendo fuerzas armadas o de seguridad), o usuarios que así lo requieran. Las frecuencias, o grupos de ellas, que se destinen para su asignación en esta modalidad, se efectuará clasificando las actividades que realicen los usuarios.

  • Oficial Compartido en HF (OCHF)
  • Seguridad en Rutas (SRHF)
  • Petrolero Compartido (SCPE)
  • Transportistas Itinerantes en el MERCOSUR (MERCO)
  • Vial Compartido (SCEV)
  • Ferroviario Compartido (SCEF)

Sistemas en Modalidad Compartida para bandas superiores a 30 MHz





 
 
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