Acerca del Servicio Universal
Todo prestador de servicios de telecomunicaciones está obligado a efectuar el aporte de inversión equivalente al UNO POR CIENTO (1%) de la totalidad de sus ingresos devengados por la prestación de los servicios, neto de impuestos y tasas que los graven y demás deducciones admitidas.
En caso de que el prestador incurriera en mora en el depósito al Fondo Fiduciario se devengará de pleno derecho y sin necesidad de interpelación alguna un interés resarcitorio calculado desde la fecha de producido el vencimiento y hasta el día anterior al de su efectivo pago, aplicando la Tasa Activa Cartera General Diversas mensual que cobre el Banco de la Nación Argentina para operaciones de su cartera general.
En caso de que el prestador incurriera en mora en el depósito al Fondo Fiduciario se devengará de pleno derecho y sin necesidad de interpelación alguna un interés resarcitorio calculado desde la fecha de producido el vencimiento y hasta el día anterior al de su efectivo pago, aplicando la Tasa Activa Cartera General Diversas mensual que cobre el Banco de la Nación Argentina para operaciones de su cartera general.
Vencimientos
a) Aporte de inversión
Dentro de los 10 días corridos del mes subsiguiente al período devengado se deberá efectuar el depósito de los montos correspondientes al mes inmediato anterior, en la Cuenta Fiduciaria, cuyos datos identificatorios son los siguientes: Cuenta Corriente Especial en Pesos Nº 659.051.294/5, CBU Nº 01106592-40065905129458, CUIT Nº 30-71494706-7, radicada en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Florida 0059 de titularidad de FIDEICOMISO y a la orden del Fiduciario (“Cuenta Fiduciaria”).
b) Deber de información
Dentro de los primeros 15 días corridos de cada mes se informará a Enacom la fecha, mes involucrado en la rendición y monto depositado del aporte de inversión mencionado en el punto a).
Dentro de los 30 días corridos del vencimiento del último mes involucrado en el trimestre calendario, se debe presentar en la ENACOM una declaración jurada trimestral de acuerdo al modelo estipulado en el Adjunto “A” de la Resolución Nº 154 SC/10 conjuntamente con la copia certificada de los comprobantes de depósito correspondientes a los meses involucrados en la rendición.
Normativa Dentro de los primeros 15 días corridos de cada mes se informará a Enacom la fecha, mes involucrado en la rendición y monto depositado del aporte de inversión mencionado en el punto a).
Dentro de los 30 días corridos del vencimiento del último mes involucrado en el trimestre calendario, se debe presentar en la ENACOM una declaración jurada trimestral de acuerdo al modelo estipulado en el Adjunto “A” de la Resolución Nº 154 SC/10 conjuntamente con la copia certificada de los comprobantes de depósito correspondientes a los meses involucrados en la rendición.
Resolución SC Nº 154/10
Resolución CNC Nº 2516/13
Resolución CNC Nº 3998/13
Ley Nº 27.078
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