ENACOM aprobó el nuevo Reglamento General del FOPROA
El Reglamento establece el marco normativo para la asignación de los recursos provenientes de los servicios de comunicación audiovisual, originados a partir de la aplicación de gravámenes y multas. A tal efecto, define los procedimientos y criterios para la adjudicación de apoyos económicos, técnicos o en especie, que podrán incluir acceso a infraestructura, equipamiento tecnológico, capacitaciones y otras modalidades específicas según cada programa, ampliando así el alcance más allá de los aportes económicos no reembolsables.
La iniciativa está dirigida a personas humanas o jurídicas, con o sin fines de lucro, vinculadas a los servicios de comunicación audiovisual, que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento. La implementación se realizará a través del diseño de programas específicos y convocatorias abiertas a concurso.
Los proyectos que reúnan los requisitos formales, plazos y documentación exigidos serán evaluados por una comisión integrada por tres miembros titulares y tres suplentes, todos ellos idóneos, con formación académica, condición de estudiantes avanzados o experiencia profesional en el ámbito audiovisual o en procedimientos de selección. Al menos uno de los integrantes deberá contar con experiencia en la Administración Pública Nacional, Provincial o local.
La evaluación contemplará criterios como la consistencia interna, la factibilidad, la originalidad y creatividad con énfasis innovador, así como la magnitud y proyección de cada propuesta en función de su capacidad para promover la industria audiovisual. En cada convocatoria podrán incorporarse criterios adicionales de valoración.
La cantidad de proyectos seleccionados estará determinada por el monto asignado a cada concurso. Asimismo, en cada convocatoria o reglamentación particular se establecerán los plazos y modalidades para la presentación de rendiciones parciales y finales, las cuales deberán tramitarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
Finalmente, los beneficiarios deberán presentar una rendición económica, con la correspondiente documentación respaldatoria conforme a la normativa vigente de ARCA, y/o una rendición técnica, que podrá consistir en la acreditación de la publicación o difusión de los contenidos, la presentación de informes, actas de cumplimiento u otros mecanismos de verificación adecuados a las características del proyecto y a los recursos otorgados.
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