ENACOM - Ente Nacional de Comunicaciones

05/05/2020 Institucional
 

ENACOM implementó trámites para solicitar exención de cortes de servicio

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) habilitó la inscripción online para personas físicas, monotributistas categorías C y D, que acrediten una merma de 50% o más en su capacidad económica, así como para asociaciones civiles con fines comunitarios, culturales o deportivos para solicitar la suspensión de corte por falta de pago en servicios de telefonía fija y móvil, internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelial.

Para ello, los interesados con mora en facturas por hasta 3 meses con vencimientos posteriores al 1° de marzo de 2020 deberán completar el formulario online y acreditar los requisitos a fin de confeccionar un listado que será remitido a las empresas prestadoras para que suspendan los cortes y habiliten el acceso a un servicio básico hasta la regularización de la situación.

 

El formulario deberá ser completado únicamente por:

 

a) Los usuarios particulares que no se encuentren incluidos en los supuestos previstos en el Artículo 3° del DNU Nº 311/2020, que acrediten una merma de CINCUENTA POR CIENTO (50%) o más en su capacidad de pago.

b) Los usuarios monotributistas que revistan en las categorías C y D, que acrediten una merma del CINCUENTA POR CIENTO (50%) o más en su facturación mensual a partir de la entrada en vigencia del Decreto Nº297/2020.

c) Las asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales que soliciten ser incluidos dentro de las medidas dispuestas en los Artículos 1° y 2° del DNU Nº 311/2020.

 

Los usuarios deberán aclarar la situación por la que solicitan la inclusión en el listado; completar un único formulario indicando uno o más servicios por los que realiza la presentación y tendrán prioridad de respuesta los usuarios con notificación de corte en curso.

 

Por su parte, Las prestadoras deberán habilitar facilidades de pago que deberán prever ser abonadas en 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, no pudiéndose aplicar intereses moratorios, compensatorios ni punitorios, ni ninguna otra penalidad, manteniendo esta medida por el plazo de 180 días corridos.

 

Para ingresar al formulario de inscripción hacer clic aquí.