ENACOM - Ente Nacional de Comunicaciones

03/05/2016 Institucional
Audiovisual
 

Nuevo requisito para servicios de radiodifusión por suscripción

A partir del 30 de abril de 2016, los titulares de licencias de servicios de comunicaciónaudiovisual por vínculo físico y/o radioeléctrico deberán informar el área de cobertura en la que prestan servicio, a través del aplicativo web disponible en la página de Enacom.

Mediante la Resolución 427/2016, el Directorio del Enacom resolvió que, para garantizar la debida registración administrativa y técnica de la localización territorial de sus servicios, los licenciatarios de servicios de comunicación audiovisual por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico deberán informar el área de cobertura en las que se encuentran prestando el servicio.

 

El artículo 7 de dicha resolución determina que estos informes deberán presentarse a través del aplicativo disponible en la página web de Enacom, a partir del 30 de abril de 2016, y dentro del plazo de 60 días hábiles computados a partir de esa fecha.

 

Asimismo, la normativa requiere que se establezcan las respectivas áreas de prestación y los antecedentes administrativos de cada una de ellas (extensión, transferencia, adjudicación, etc.).

 

Descargue el manual de usuario aquí.

 

Para ingresar al aplicativo de registro haga clic aquí.